La preocupación de la Congregación cuando sus miembros caen en la miseria:
Art. 9. Si, a causa de circunstancias desgraciadas, algún congregante cae en la miseria, la Congregación no permitirá que permanezca en estado de desenlace; ella proveerá inmediatamente a sus necesidades más urgentes y advertirá a los medios para ofrecerle la ayuda suficiente mientras dure la miseria. Si las finanzas de la Congregación lo permiten se esforzarán también para poner a ese hermano indigente en una situación de poder salir de la ayuda ajena, ayudado con su propio trabajo.
Statuts, Chapitre XIV – Devoirs de la Congrégation envers les congréganistes§ 1 — Envers les confrères pauvres
Hablar no cocina el arroz. ~Proverbio Chino