EL MINISTERIO EN LA CÁRCEL: UNO DE LOS PRINCIPALES FINES DE NUESTRO INSTITUTO ES AYUDAR A LAS ALMAS MÁS ABANDONADAS

La experiencia propia de Eugenio como joven sacerdote fue asumida en la práctica de la Congregación misionera por él fundada. La Regla que escribió para sus miembros casi podía ser vista como una descripción autobiográfica de su propio ministerio. Escribe:

4. Prisiones
Art.1. Nunca olvidemos que uno de los principales fines de nuestro Instituto es ayudar a las almas más abandonadas. Por esta razón, los desafortunados presos de las cárceles tienen todo el derecho a reclamar la caridad de nuestra Sociedad.
Art. 2. Asistiremos, además, a los prisioneros tan lejos como las circunstancias lo permitan, visitándoles frecuentemente, por lo menos los domingos, y enseñándoles sus deberes religiosos.
Art. 3. Sobre todo, nos esforzaremos por traerles a la confesión mediante las más dulces exhortaciones y, también, a recibir, de tiempo en tiempo, la Sagrada Comunión.
Art. 4. De acuerdo con las fuentes de la caridad cristiana, usaremos todos los medios que están en nuestro poder para disponer a una muerte santa a quienes han sido condenados a pagar con la pena capital.
Art. 5. Los misioneros los acompañarán incluso hasta el patíbulo, y no los dejarán hasta su último suspiro, ya que es su deber darles fuerza hasta sus momentos finales, frente a los ataques del demonio, la angustia de la muerte y el peligro de la desesperanza.

Regla de 1825.

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